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Fecha de publicaciónTítuloAutor(es)
1728Nos los infraescriptos escrivanos de su Magestad, secretarios de esta Muy Noble y Muy Leal Provincia de Álava, certificamos y damos fee, que en Junta General celebrada la mañana de este día por los señores Maestre de Campo, Comissario y Diputado General y Procuradores Generales de las Hermandades de esta dicha Muy Noble Provincia, se hizo manifestación por su Señoría, dicho Señor Diputado General, de una Real Carta de Su Magestad (que Dios guarde) cuyo thenor es el siguiente... que desde que se mandó recoger la moneda antigua, quedando corriente la Segoviana o Provincial, han sido repetidas las quexas que se han dado con motivo de las muchas piezas de a dos reales de plata y otras inferiores de esta moneda provincial que se hallan cortadas y algunas descantilladas por los bordes al parezer con tenazasÁlava. Juntas Generales; España. Rey (1700-1746 : Felipe V); Riesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.
1723Capítulos reglados por el Illustríssimo Señor Marqués de Campo Florido en fuerza del Decreto de Su Magestad de diez y seis de diziembre de mil setecientos y veinte y dos, que va inserto, y por Don Juan Joseph de Vriarte y Lezea, Diputado en Corte por la Provincia de Álava, en virtud de su poder que también va inserto, con las Cédulas Reales de Su Magestad, en cuya conformidad subdelega el Illustríssimo Señor Marqués de Campo-Florido a los Alcaldes Ordinarios de la referida provincia, el conocimiento de todas las denunciaciones que aprendieren por sí sus ministros y naturales, su fecha en Madrid a 17 de julio de 1723Uriarte Lecea, Juan José de; Ruiz de Luzuriaga, José Antonio; Campo Florido, Marqués de; España. Rey (1700-1746 : Felipe V); Riesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.
1728En la Ciudad de Vitoria a dos días del mes de agosto de mil setecientos y veinte y año años, su Señoría el Señor Don Joseph Thomás de Ribas, Verasategui y Aldana... dixo, se halla con una Real Provissión... en lo correspondiente a las personas que no deben gozar de exempcionesRibas y Verástegui, José Tomás; Riesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.; España. Rey (1700-1746 : Felipe V)
1724Copia de carta que el Monarca de las Españas Felipe V (que Dios guarde) escrivió desde el Real Sitio de San Ildefonso en 14 de enero de este presente año de 1724 a la Magestad de su Hijo, el Serenísimo Señor Luis I (que Dios prospere) ya Rey Católico de la Monarquía españolaRiesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.
1738El Rey, por quanto haviéndome representado el Señorío de Vizcaya y la Provincia de Alaba oponerse a sus fueros la exacción de derechos del fierro que se extrae de sus territorios, ya sea introduciéndole en Castilla o ya sacándole de mis dominios y puéstose también en mi Real comprehensión, que con la Provincia de Guipúzcoa milita razón igual... he resuelto que del fierro que saliere del citado Señorío y provincias, no se cobren en aquellos puertos secos y mojados los derechos de Almirantazgo... y mando a todos los governadores, asistentes, corregidores, jueces, justicias de estos mis Reynos y Señoríos... por concurrir igual razón en la referida Provincia de Alaba, que en el expressado Señorío de Vizcaya y Provincia de Guipúzcoa, no se pidan y cobren en ella derechos algunos del Almirantazgo del fierro que se extrae de su territorioRiesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.; España. Rey (1700-1746 : Felipe V)
1741Señor mío, aviendo resuelto el Consejo a representación mía establecer nuevo modo de recaudar los [sic] de penas de Cámara y gastos de justicia, por el medio de convenios, o en cabezamientos con los pueblos que voluntariamente quisieren entrar en ellos, ha expedido la Real Provisión, de que passo a manos de V.S. copia impressa certificadaRuiz de Azúa Mendívil, Juan Manuel de; Robles y Navarro (Vitoria-Gasteiz) imp.; España. Rey (1700-1746 : Felipe V)
1743Don Phelipe, por la Gracia de Dios, Rey de Castilla... por quanto por parte de el Maestre de Campo, Comissario Diputado General y Procuradores Generales de las Hermandades de que se compone la Provincia de Álava, se nos representó que aviéndose hecho presente en Junta General que avían tenido los perjuicios originados de que muchas Hermandades avían embiado por Procuradores a los Congressos Provinciales personas que eran de otras distintas,que sobre ser en velipendio de la Hermandad... que para su remedio ninguna Hermandad en adelante pudiesse embiar por Procurador, ni acompañado ni dar su poder a persona alguna que no fuesse vecino y residente en ella de continua morada..., en Madrid a nueve días de el mes de diciembre de mil setecientos y quarenta y tresFernández de Zurbano, Tomás; España. Rey (1700-1746 : Felipe V); Robles y Navarro (Vitoria-Gasteiz) imp.
1741A los venerables Hermanos, Arzobispos y Obispos de las Españas, Clemente Papa XII, Venerables Hermanos, salud y Apostólica Bendición, de la singular fe y reverencia que Vuestra Religiosa Hermandad, imitando los esclarecidos exemplos de vuestros mayores, con grande loor de vuestro nombre y crédito de vuestra sacerdotal constancia, os ha señalado en tributar a esta Santa y Apostólica Sede, no dudamos, antes si estando vosotros dotados de tan heroyco zelo y aplicación a conservar y defender la disciplina eclesiásticaIglesia Católica. Papa (1730-1740 : Clemente XII); Robles y Navarro (Vitoria-Gasteiz) imp.; España. Rey (1700-1746 : Felipe V)
1710Señor, Don Fortún Iñiguez de Acurio, y Don Juan Ignacio de Castaños, Cavallero del Orden de Calatrava, Diputados del Muy Noble, y Muy Leal Señorío de Vizcaya... dizen, que en la Audiencia particular, que de su Real Orden nosasignó el Marqués de Campo-Florido... a fín de que le confiriéssemos las representaciones que en nombre del Señorío se nos ofrecían hazer en razón de la aduana establecida en la Villa de Vilbao, y su práctica, el punto más principal que nos previno el Marqués, fue el de que las mercaderías que entrassen por la Ría de Vilbao, huviessen de adeudar los reales derechos, dexándolos assegurados antes de traspassarlas a las lonjas, o almazenes de aquella Villa... y respecto que debaxo de esta disposición quedan gravados todos los naturales del Señorío, en grave perjuizio suyo, y de sus Fueros, nos es preciso representar a V.Mag. las exempciones, fueros, leyes, y costumbres de que goza el SeñoríoIñiguez de Acurio, Fortún; Castaños, Juan Ignacio de; Campo Florido, Marqués de; España. Rey (1598-1621 : Felipe III); España. Rey (1700-1746 : Felipe V)
1728Nos los infraescriptos escrivanos de su Magestad y secretarios de esta Muy Noble y Muy Leal Provincia de Álava, certificamos y damos fee, que en Junta General que celebraron los señores Maestre de Campo, Comissario y Diputado General y Procuradores Generales de las Hermandades de esta dicha M.N. provincia a la mañana de el día veinte del corriente mes, se hizo manifestación por su Señoría, dicho Señor Diputado General de una Real Provissón de Su Magestad (que Dios guarde) cuyo thenor es el siguiente, Don Phelipe, por la gracia de Dios... sabed... de los graves perjuyzios que se seguían a la salud pública, de tolerar vos las dichas justicias en vuestras jurisdicciones... exercer la facultad de medicina, artes de cirugía, pharmacia, y de sangradores, sin título, ni aprobación de su parte... para que se diessen las providencias más exactas al remedio de tanto dañoEspaña. Rey (1700-1746 : Felipe V); Riesgo (Vitoria-Gasteiz) imp.; Álava. Juntas Generales